Tuesday, March 30, 2010

EN INFOBAE PROFESIONAL: LA JUSTICIA HABILITÓ EL USO DE RESERVAS DEL BANCO CENTRAL PARA PAGAR EL PAGO DE LA DEUDA

Abogados | Martes 30 de Marzo de 2010



La Justicia habilitó el uso de reservas del Banco Central para el pago de la deuda Guardar

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Las Salas I y IV de la Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo hicieron lugar a la apelación del Gobierno y anularon la resolución de la jueza Claudia Rodríguez Vidal que frenaba el Fondo del Desendeudamiento, cuyo objetivo es pagar los vencimientos de 2010

La Justicia habilitó el uso de reservas del Banco Central para el pago de la deuda
Las dos medidas cautelares que mantenían paralizado al Fondo de Desendeudamiento fueron revocadas este martes por las salas I y IV de la Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo. De esta forma, habilitaron al Poder Ejecutivo a utilizar casi u$s6 mil millones para pagar deuda pública que vence durante 2010.

En primer término, la Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal anuló la resolución de la jueza Claudia Rodríguez Vidal, dictada en el marco del proceso cautelar tramitado a raíz del DNU 2010/09 que dispuso crear el Fondo del Bicentenario, habiendo extendido la supensión originalmente dispuesta respecto de aquella norma al DNU 289/10.
Sin expedirse sobre el fondo de la cautelar, el tribunal consideró que hubo defectos procesales en el fallo que suspendió la aplicación del Fondo del Desendeudamiento, informó el Centro de Información Judicial (CIJ).
La decisión se fundó en que, al haber sido derogado el DNU 2010/2009 el 1 de marzo último -que creó el mencionado Fondo del Bicentenario-, la causa tramitada respecto de dicho decreto se había convertido en abstracta a partir de entonces.
Para ello tuvo especialmente en cuenta la declaración emitida en tal sentido por la Corte Suprema de Justicia, con relación al recurso extraordinario que la Cámara había concedido -en la causa "Pinedo"- contra la medida cautelar trabada respecto del DNU 2010/09.
En su fallo, la Cámara tuvo en cuenta que al haber quedado abstracta la cuestión relativa al DNU 2010/09, el proceso se había extinguido, agotándose también en la misma oportunidad la jurisdicción de la jueza, por lo que la petición formulada por los legisladores no debió ser presentada y tampoco resuelta.
En lo medular, el tribunal sotuvo que en tanto la jueza no tiene jurisdicción, no puede entender en nuevas peticiones relativas a otros DNU en el marco de un proceso ya extinguido. Por remisión a fallos de la Corte Suprema, sus propios precedentes y doctrina que cita, la Cámara entendió que la resolución de la magistrada carecía de validez, aún sin llegar a expedirse acerca de la admisibilidad sustancial de la medida cautelar, informó el Centro de Información Judicial (CIJ).
Para ver el fallo completo, haga clic aquí.

Apenas dos horas más tarde, la Sala I también falló a favor del Gobierno y habilitó al Poder Ejecutivo a utilizar las reservas del Banco Central. 

La Sala Contencioso Administrativo Federal I tiene como presidente a Pedro Coviello y una de sus vocales es Clara María Do Pico. 

Justamente Do Pico había ratificado en segunda instancia, en la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, junto a Marta Herrera, el fallo en primera instancia de la jueza María José Sarmiento, quien había impedido la disposición de reservas del Banco Central autorizada en el DNU 2010/09.

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